Del copyright al copyleft, parte 3: software libre y copyleft

Introducción al software libre: descripción, la ética hacker y la cláusula de «copyleft». Software musical libre. Tercera y última parte de mi charla «Del copyright al copyleft».

Este es el último de los tres artículos que amplian las notas de la charla «Del copyright al copyleft: música y cultura libre» que tuve la oportunidad de impartir en el Real Conservatorio Superior de Música de Madrid.

Software libre y copyleft

El software libre es el software que respeta la libertad de los usuarios y la comunidad y permite ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, modificar y mejorar el software. Es decir, el software libre —a pesar de la ambigüedad en inglés, free software— habla de libertad en el sentido de «libertad de expresión», no de precio como en «barra libre».

Las libertades del software

El movimiento del software libre sirvió como fundamento del movimiento de la cultura libre, más genérico, que surgió después y englobó al software libre por su naturaleza de bien inmaterial. Por eso, no sorprende que las cuatro libertades en las que se fundamenta el software libre nos sean ya conocidas, porque son las originales:

  1. La libertad de ejecutar el programa como se desee, con cualquier propósito
  2. La libertad de estudiar cómo funciona el programa, para lo que el acceso al código fuente es una condición necesaria
  3. La libertad de distribuir copias para ayudar a otros
  4. La libertad de cambiar y mejorar el programa, y distribuir esas versiones modificadas a terceros que permita a la comunidad la oportunidad de beneficiarse de las modificaciones

La segunda libertad corresponde con el valor de transparencia: al tener el código fuente disponible, cualquiera capaz de leerlo puede asegurarse de que los programas hacen efectivamente lo que dicen, igual que un abogado puede leer las alegaciones de un litigio, aprender de los argumentos y reutilizarlos1, o un compositor analiza otras obras e integrando sus discursos contribuye al avance de la cultura2. En este sentido, el software libre es una herramienta genuína de formación, colaboración y construcción social (como concluyó Cristian Sandu en su ponencia Implicaciones educativas para el fomento del desarrollo adolescente, la libertad en la decisión de qué aprender, el valor de la colaboración y la alfabetización mediática son grandes aliados en la educación de adolescentes).

Vídeo User liberation (en inglés, «liberación de usuarios») de la Free Software Foundation. Licencia CC-BY-SA 4.0 Internacional.

Ética hacker

La corriente del software libre surge de la ética hacker, una serie de valores que se presentan al concebir la vida y el trabajo en la sociedad de la información.

Los medios hispanohablantes promueven una definición de hackear como un acto pernicioso. Esa definición resulta del miedo, y la comunidad hacker nunca la ha aceptado. Defienden que esa descripción, en realidad, se corresponde con la de «crackear» —la vulneración ilegal de un sistema para el beneficio privado— y la figura del cracker. Así lo recomienda también la Fundéu. El ideal de hacker es más próximo al personaje de MacGyver que al del pirata informático.

Hackear es, como explica ingeniosamente mi amigo y artista Carlos Padial, hacer un uso imprevisto de algo, como utilizar un trozo de cartón para calzar una mesa coja cuando estás en la terraza de un bar. Es solucionar o cubrir una necesidad individual (pasión), a través de la creatividad (uso imprevisto) y compartir ese conocimiento con los demás (beneficio público)3. El hacker, como el scout, «deja el mundo mejor de como lo encontró».

Conceptualmente, la ética hacker se remonta a la ética científica del Renacimiento, que partiendo de un modelo interdisciplinar y colaborativo llevó a la revolución científica, base de la ciencia clásica. La ciencia se basa en la idea de un proceso abierto y autodepurador de errores. Históricamente, además, es una prolongación de la synusia de la Academia de Platon, que consideraba que la verdad era el resultado de un proceso de aproximación a través del diálogo crítico4.

Copyleft

El copyleft es una cláusula extra, originalmente de licencias de software libre (como la GNU GPLGNU General Public License), pero ahora ampliado a otras licencias de cultura libre (como las Creative Commons con el módulo CompartirIgual, o la Free Art License). Una licencia con copyleft permite que una obra se modifique, pero siempre y cuando las obras derivadas se distribuyan bajo los mismos términos que la obra original. Es decir, es una cláusula de reciprocidad: yo creo esta obra y se la entrego libre al público; así que tú, si la usas o la modificas, también debes entregarla libre al público.

Surge como un ingenioso hack, un uso imprevisto, de los propios derechos de autor: se usa un derecho exclusivo de autor para evitar que una obra se cierre al público. Las licencias con copyleft ya se plantearon como un catalizador de la viralidad para contenidos en internet, porque permiten que una obra cultural alcance una gran difusión aprovechando las capacidades de la red en todo su potencial.

El copyleft para obras que no son completas no es siempre deseable para obras creativas. El proyecto FreePats, un banco de sonidos instrumentales libres que se mencionó en el artículo anterior, no admite contenido con copyleft por ser contraproducente: obligaría a que la obra final fuera libre, aunque los sonidos originales sean solo una parte.

Software musical libre

En el ámbito de la música, tenemos varias herramientas digitales libres para la edición:

  • MuseScore es un famoso editor de partituras. El software de escritura musical ya ha visto varios programas propietarios que han quedado abandonados —incluyendo Sibelius, cuyo desarrollo fue prácticamente detenido en 2012 y los usuarios tuvieron que lanzar la campaña Save Sibelius para resucitarlo. A un programa libre como MuseScore, con el código disponible y abierto para continuarlo cualquiera, nunca le pasará eso (excepto si ha caído en la irrelevancia, en cuyo caso podría incluso ser resucitado en un futuro).
  • Audacity es un sencillo editor de audio, y por esto último, uno de los más extendidos. También incluye funciones de grabación multipista.
  • Ardour es una suite profesional de edición de audio digital (DAW, por sus siglas en inglés). Incluye sofisticadas funciones de grabación y edición. Ardour es un ejemplo de software libre comercial, puesto que no es gratuíto: requiere un pago flexible para descargar el programa ejecutable, y promueve un modelo de suscripción mensual para recibir actualizaciones.

Aunque los editores de audio también sirven para análisis de audio, existe al menos una herramienta libre para el análisis de audio:

  • Sonic Visualiser es una herramienta de análisis de ficheros de audio, de especial interés para musicólogos, archiveros y para investigadores de procesamiento de señales. Permite visualizar, analizar y anotar los ficheros de audio. Lo desarrolla la Universidad Queen Mary de Londres, y es un ejemplo de software libre financiado públicamente.

La composición de música mediante herramientas y algoritmos se remonta varios siglos atrás, con el notable ejemplo del juego de dados musical. Con las tecnologías digitales, ahora existen más herramientas para la composición algorítmica, y algunas de ellas son libres:

  • PureData es un lenguaje de programación gráfico para la creación de música interactiva. Tiene una comunidad de usuarios que comparten libremente extensiones y módulos reutilizables. También tiene un sistema de colaboración en vivo a través de redes locales o de internet, lo que permite que distintos músicos, incluso en distintas partes del mundo, puedan hacer música juntos en tiempo real.
  • SuperCollider es una plataforma de síntesis de audio y composición algorítmica que consta de un lenguaje de programación y un editor de código integrado. Se puede utilizar para fabricar nuevos instrumentos digitales, desafiando los paradigmas de interacción de los instrumentos físicos o compaginando teclados o interfaces MIDI con el procesamiento digital.

La libertad de distribución de estas herramientas y el afán interdisciplinar de alguna de ellas pueden ser un recurso interesante para la aplicación pedagógica (como Rodrigo Vázquez nos habló en su ponencia Una experiencia de prácticas: Proyecto Pedagógico del Centro Nacional de Difusión Musical de distintas actividades multidisciplinares o participativas en el proyecto del que formó parte).

#SaveYourInternet

Para terminar la charla, quise atraer la atención sobre un tema de rigurosa actualidad: la directiva europea sobre derechos de autor que se votará en el Parlamento Europeo mañana mismo. Hay dos artículos polémicos en la directiva: el artículo 11 y el artículo 13.

El artículo 11 (originalmente, ahora artículo 15), sobre el pago por citar, obliga a todos los sitios web o aplicaciones comerciales a pagar una licencia a los editores de prensa por recoger citas a noticias que sean algo más que palabras sueltas o fragmentos muy cortos. En muchos aspectos es la implantación a nivel europeo del canon AEDE que ya fracasó en España y también en Alemania, después de que los medios de prensa digitales observaran un decrecimiento del tráfico en sus páginas web y, por tanto, de sus ingresos. Además, atenta contra la libertad de información, la transparencia y la verificación o fact checking.

El artículo 13 (originalmente, ahora artículo 17), sobre el filtrado de contenidos, hace responsable a las plataformas digitales del contenido que suban sus usuarios y, por tanto, obliga a todas a implantar una censura automatizada de contenidos que violen en copyright. Estos sistemas (como el Content ID de YouTube o el de Facebook) censuran antes de preguntar, están llenos de falsos positivos y no son capaces de entender los usos legítimos que también recogen esas leyes (como la crítica, que se ve hoy en día reflejada en memes gráficos, en muchas ocasiones). También impiden que actores pequeños compitan con las grandes plataformas ya asentadas, porque estos sistemas automatizados, además de ser inefectivos, son muy caros. Como ejemplo de ineficiencia, puse el caso en el que el pianista James Rhodes tuvo que lidiar con Sony después de que el sistema de Facebook silenciase una de sus interpretaciones personales de Bach, cuyas obras llevan siglos en el dominio público.

Muchos grupos de cultura digital están en contra de estos dos artículos, como Wikipedia, X-Net y la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información. Los consideran abusivos y dañinos para el ecosistema cultural y la libertad de expresión y de información en internet. Y a ti también te afectan sus consecuencias como usuario.

Crucemos los dedos para que mañana se decida en el Parlamento Europeo que las leyes de derechos de autor no sigan siendo una excusa para coartar la libertad de expresión y la creatividad. Solo deberían juzgar los jueces, no máquinas proclives al error (como nuestra Constitución ya recoge en el artículo 20.2. Y solo se puede jugar a vivir online cuando se hace libremente. Actualización: desafortunadamente, hay malas noticias para internet.

~Roboe


  1. Stallman, Richard M.. Software libre para una sociedad libre. Introducción de Lawrence Lessig. Traducción de Jaron Rowan, Diego Sanz Paratcha y Laura Trinidad. Madrid: Traficantes de Sueños (Mapas), 2004. ISBN: 978-84-933555-1-7 ↩︎

  2. Bauman, Zygmunt. La cultura como praxis. Traducción de Albert Roca Álvarez. Ediciones Paidós (Studio), 2002. ISBN: 978-84-493-1184-0↩︎

  3. Himanen, Pekka. La ética del hacker y el espíritu de la era de la información. Prólogo de Linus Torvalds y epílogo de Manuel Castells. Traducción de Ferran Meler Ortí. Barcelona: Ediciones Destino (Imago mundi), 2002. ISBN: 978-84-233-3637-1 ↩︎

  4. ibíd. ↩︎